
Microphone cables hang over flags of the United States, Haiti, Venezuela, and Cuba are seen together during a press conference to denounce a recent Supreme Court decision which allows the Trump administration to strip humanitarian parole protection for more than 500,000 immigrants from Cuba, Haiti, Nicaragua, and Venezuela, Monday, June 2, 2025, in Miami. (AP Photo/Rebecca Blackwell)
Prohibición de entrada a cubanos y venezolanos en Estados Unidos: qué sabemos de las excepciones establecidas en la proclama de Trump

(Factchequeado)
PorĀ Rafael OlavarrĆa, Factchequeado
- El presidente Donald Trump emitió el 4 de junio de 2025 una proclama que restringe total o parcialmente la entrada a Estados Unidos de nacionales de 19 paĆses, incluyendo de Cuba y Venezuela y que entró en vigor el 9 de junio de 2025.
- De acuerdo con esa proclama, las restricciones no afectarĆ”n a residentes permanentes, ciudadanos con doble nacionalidad, e individuos con asilo aprobado o refugiados admitidos en el paĆs.
- Para el momento en el que publicamos esta nota, las autoridades del Departamento de Seguridad Nacional no han aclarado si las personas con visas vƔlidas emitidas antes de la entrada en vigor de esta medida podrƔn entrar a Estados Unidos.
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El presidenteĀ Donald TrumpĀ emitió el 4 de junio de 2025 unaĀ proclamaĀ que restringe total o parcialmente la entrada a Estados Unidos de nacionales de 19 paĆses, incluyendo a Cuba y Venezuela, y que entró en vigor el 9 de junio de 2025.
En esta nota explicamos lo que sabemos de la medida y sus excepciones.Ā Pero ojo: hasta el momento en que publicamos esta nota, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) no habĆa aclarado si las personas con visas vĆ”lidas emitidas antes de la entrada en vigor de esta medida podrĆ”n entrar a Estados Unidos a partir del 9 de junio de 2025.
Cubanos y venezolanos estĆ”n en la lista de āparcialmente restringidosā
La proclama de Trump (llamadaĀ travel ban, en inglĆ©s) establece que se suspende la entrada a EE. UU. de cubanos y venezolanos ācomo inmigrantes y como no inmigrantesā con visas de turismo, negocios, estudios, o de programas de intercambio.
Las restricciones de entrada a EE. UU. aplican a quienes en la fecha de entrada en vigor de la proclama estĆ©n fuera de Estados Unidos y no tengan una visa vĆ”lida.Ā
El texto de la proclama dice que entre las excepciones estĆ”n ālos que tengan visas existentesā.Ā Sobre este punto, para el 6 de junio de 2025, hemos encontrado interpretaciones contradictorias.
Natalia Molano, vocera del Departamento de Estado, enĀ entrevistasĀ queĀ dioĀ a medios de comunicación el 5 de junio de 2025 afirmó que, a su juicio, la proclama tambiĆ©n prohibirĆa la entrada de aquellos con visas emitidas antes del 9 de junio. No obstante, tambiĆ©n dijo: āEstamos esperando detalles adicionales del Departamento de Seguridad Nacional para ver si ellos se pronuncian con instruccionesā que aclaren si las personas con visas emitidas antes del 9 de junio podrĆ”n entrar a Estados Unidos. El DHS regula el ingreso a EE. UU a travĆ©s de los agentes de laĀ Oficina de Aduanas y Protección FronterizaĀ (CBP).
David Bier y Alex Nowrasteh, expertos en polĆticas migratorias delĀ think-tankĀ libertario sobre polĆticas pĆŗblicas Cato Institute , indicaron en unĀ anĆ”lisisĀ de la proclama que āaquellos con visas existentes podrĆ”n seguir viajando a Estados Unidosā.
Helena Tetzeli, abogada de inmigración, dijo en entrevista conĀ FactchequeadoĀ que la interpretación de su firma de abogados es āque si tienes una visa vĆ”lida en la fecha de entrada en vigor de la proclamación, no estĆ”s cubierto [la medida de Trump] y podrĆas ingresar a Estados Unidosā. Por otro lado, Charles Kuck, abogado de inmigración, dijo aĀ FactchequeadoĀ que ālas visas emitidas antes de la proclamación siguen siendo vĆ”lidas para viajar, pero la pregunta es si CBP les permitirĆ” la entradaā.
DesdeĀ FactchequeadoĀ contactamos al DHS, pero aun cuando respondieron, no clarificaron nuestras preguntas sobre las excepciones a quienes tengan visas vĆ”lidas, sino que enviaron un comunicado defendiendo la proclama del presidente Trump, calificĆ”ndola como una medida āque ayudarĆ” a asegurar la patria estadounidense y harĆ” que nuestras comunidades estĆ©n mĆ”s segurasā. TambiĆ©n contactamos a CBP, pero no obtuvimos respuesta.
Otras excepciones incluidas en la proclama
De acuerdo con la proclama de Trump, las restricciones para entrar en EE. UU a partir del 9 de junio no afectarƔn a:
- Residentes permanentes.
- Ciudadanos con doble nacionalidad (si utilizan para entrar al paĆs el pasaporte de un paĆs no incluido en la proclama).
- Individuos con asilos aprobados o refugiados admitidos en el paĆs.
- Extranjeros con visas diplomƔticas.
- Atletas o miembros de equipos deportivos, incluyendo entrenadores, personas que desempeƱan un papel de apoyo necesario y familiares inmediatos, que viajan para la Copa del Mundo, los Juegos OlĆmpicos u otro evento deportivo importante.
La proclama establece que tampoco se suspenderĆ”n las visas para familiares directos de ciudadanos estadounidenses, aun cuando sean nacionales de esos paĆses con restricciones. Estas excepciones aplican para los individuos de paĆses con restricciones totales o parciales.
La abogada Tetzeli explicó que la proclama de Trump, en el caso de los paĆses con restricciones parciales, no aplica a visas que sean distintas a las de turismo, negocios, estudios, o de programas de intercambio. Por ende, segĆŗn la experta, āsi eres de Venezuela y tienes una visa de trabajo H-1B, deberĆas ser admitido, porque esa visa no es de turismo, estudio, o intercambioā.
La justificación de las nuevas restricciones, según Trump
Las restricciones totalesĀ aplican a ciudadanos de AfganistĆ”n, Birmania, Chad, RepĆŗblica del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, HaitĆ, IrĆ”n, Libia. Somalia, SudĆ”n y Yemen.Ā Las restricciones parcialesĀ a ciudadanos de Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, TurkmenistĆ”n y Venezuela. El objetivo, segĆŗn la proclama de Trump, es āproteger a los ciudadanos estadounidenses de ataques terroristasā.
De acuerdo con la proclama de Trump, estas restricciones āson necesarias para impedir la entrada o admisión de ciudadanos extranjeros sobre los cuales el Gobierno de los Estados Unidos carece de información suficiente para evaluar los riesgos que representan para el paĆsā y su objetivo es āhacer cumplir nuestras leyes de inmigración y avanzar en otros objetivos importantes de polĆtica exterior, seguridad nacional y lucha contra el terrorismoā.
En el caso de Cuba, Trump argumenta que las restricciones surgen de la calificación del paĆs como āestado patrocinador del terrorismoā, el rechazo a aceptar vuelos con deportados, y las tasas de personas que se quedan mĆ”s tiempo del permitido en sus visas (visa overstays)
En el caso de Venezuela, aparte de mencionar la tasa deĀ visa overstays, Trump afirma que el paĆs carece de una autoridad central competente para la emisión de pasaportes. En la proclama tambiĆ©n argumenta que las autoridades se niegan a recibir vuelos con venezolanos deportados, aun cuando los vuelos de deportación hacia VenezuelaĀ se han mantenidoĀ desde marzo de 2025.
Trump no cita evidencias que vinculen a las nacionalidades incluidas en la proclama con actividades terroristas
Bier y Nowrasteh indicanĀ en su anĆ”lisisĀ que estas restricciones āno estĆ”n enfocadas en las nacionalidades que han estado involucradas en ataques terroristas previos en Estados Unidosā y que, basĆ”ndose en unaĀ investigaciónĀ de extranjeros que han cometido actos terroristas en EE. UU. hecha por Nowrasteh,Ā seƱalan que ālos ciudadanos de los paĆses total o parcialmente prohibidos representan solo el 0.2 por ciento de todas las muertes causadas por terroristas nacidos en el extranjero en los Ćŗltimos 50 aƱosāĀ en EE. UU.
De acuerdo con esta investigación, la Ćŗnica vez desde 1975 que algĆŗn extranjero de los paĆses mencionados estuvo involucrado en un acto terrorista fue en 1980 (un ciudadano de Cuba) y en 2017 (un ciudadano de SudĆ”n).
Trump, en unĀ videoĀ publicado el 4 de junio de 2025 por la Casa Blanca, citó, como uno de los motivos de las nuevas restricciones de entrada al paĆs, el ataqueĀ ocurrido en Boulder, ColoradoĀ contra manifestantes pro-Israel como un ejemplo ādel peligro extremo que representa la entrada de extranjeros que no han sido debidamente investigadosā. Pero de acuerdo con el DHS, elĀ sospechosoĀ del ataque que dejó a 8 personas heridas, es unĀ ciudadano egipcioĀ y Egipto no estĆ” entre las nacionalidades con restricciones de entrada a Estados Unidos.
AdemĆ”s, Bier y Nowrasteh aƱaden que āla legislación vigente ya contempla los casos en los que no hay suficiente informaciónā sobre un aplicante para una visa y que, por ello, en los consulados de Estados Unidos, ātodo solicitante de una visa tiene que demostrar que califica para obtenerlaā y, si no lo hace, āse le niega la visaā. āLas Ćŗnicas personas que obtienen visas de estos paĆses son aquellas cuyos antecedentes estĆ”n cuidadosamente documentados por el gobierno de los Estados Unidosā, aƱaden los expertos.
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